lunes, 17 de noviembre de 2014

Una inscripción romana de Jamilena en Torredonjimeno

La dura derrota que el caudillo lusitano Viriato sufre en la zona de la antigua Tucci (Martos) a manos del general romano Q. Fabio Máximo Serviliano a mediados del siglo II a. C. hace que todo este territorio, que en aquel momento formaba parte de la Turdetania, pasase a manos romanas definitivamente.

Una vez que Tucci y su territorio, donde incluimos, claro está, Jamilena, son ya parte del dominio romano en la Península Ibérica, continúan su nuevo devenir de forma ordinaria hasta que la llegada al poder de Octavio Augusto en el 68 a. C. cambia totalmente dicho devenir. Todo ello se deberá a la concesión del título honorífico de “Colonia Augusta Gemella Tuccitana” a las poblaciones vecinas de Martos, Torredonjimeno y Jamilena. A partir de ese momento la colonia gozará de un estatus especial.

Se ha publicado mucho sobre si Jamilena pertenecía a dicha colonia o sobre si el propio nombre de Jamilena está en relación con la palabra “Gemella” que aparece en el título de la colonia, aspecto este último sobre el que el maestro local, José Garrido Liébana ha realizado un exhaustivo trabajo en el que refleja diversas teorías e hipótesis al respecto. Hasta ahora se cree que la colonia estaba formada únicamente por las poblaciones de Martos y Torredonjimeno. Por el contrario, en opinión del arqueólogo y franciscano Pr. Alejandro Recio, Jamilena no puede descartarse de esa unión de poblaciones entre Martos (Tucci) y Torredonjimeno por criterios terminológicos ya que, según él, la palabra “Gemella” hace alusión tanto a Jamilena como a Torredonjimeno. Hoy día entre algunos restos que nos quedan de ese pasado romano uno muy relativo es una inscripción romana en latín procedente de Jamilena.

En la actualidad la inscripción, que se observa en la imagen, se halla en Torredonjimeno y como bien nos dice F. Rus Puerta “en una esquina de la Iglesia del Monasterio de monjas que llama de Nuestra Señora de la Piedad de la orden de Santo Domingo. Es mármol cárdeno sin molduras”. Sin embargo, a parte de este autor del XVII hay otros autores que constatan lo mismo como M. Jimena Jurado, Diego de Villalta y J. Fernández Franco. El que pertenezca a Jamilena, aunque esté situada actualmente en Torredonjimeno, se debe a la anotación que hace Diego de Villalta en su obra sobre la antigüedades de Martos en la que dice que su procedencia original es de Jamilena. Sin embargo, se desconoce el motivo por el que esté situada en su emplazamiento actual fruto tal vez de algún expolio antiguo, motivado en el gusto el pasado clásico que se tuvo en el  siglo XVI, época en que fue construido el convento de las dominicas de Torredonjimeno. A continuación el texto original y su traducción, donde podemos ver que se hace referencia a una dama romana que vivía en tierras de Jamilena:

CASSIAE.A(vli).F(iliae).MONANILAE
COLONIA.AVG(vsta).GEM(ella)
DECRETO.DECVRUION(vm)

 Traducción:
A Cassia Monanila, hija de Aulo,
la Colonia Augusta Gemella
por decreto de los decuriones

martes, 11 de noviembre de 2014

Breve historia de la iglesia parroquial de Jamilena

La iglesia parroquial de Ntra. Sra. de la Natividad se encuentra situada en Jamilena en la calle Iglesia. Situada sobre una antigua iglesia medieval. Hasta hace poco años se creía que la actual iglesia formaba parte de un proyecto real dirigido por el emperador Carlos V. Dicho proyecto, iniciado hacia 1525, tenía como objetivo construir un convento de monjas calatravas en Jamilena, pero por diversas circunstancias éste no llegó a realizarse. No obstante, hoy sabemos que la actual iglesia es fruto de una ampliación que en el siglo XVI se realizó de la medieval, más pequeña, para cuya construcción inicialmente se usaron las piedras del cercano castillo de Jamilena. El trazado de la iglesia e inicio de las obras corrieron a cargo del arquitecto Francisco del Castillo, el Mozo, discípulo de Jacopo Vignola. La iglesia de Jamilena sigue el modelo propuesto por Vignola para las iglesias jesuíticas, muy semejante al estilo Reyes Católicos, es decir nave única con capillas hornacinas a los lados y capilla mayor sobre escalinata.

Las obras terminaron hacia 1625 por Juan Sequero de la Matilla, el cual concluyó el interior de la iglesia, el campanario y el sagrario. Durante el XVIII se le añadieron algunos elementos al campanario (cruz de forja y pinaculillo) y a finales del XIX se le añadió a la portada lateral norte la portada procedente de la ermita medieval de la Virgen de la Estrella.

Durante el siglo XX sufrió algunos desperfectos como la caída de la bóveda y los daños provocados por la Guerra Civil. Tras ésta fue restaurada en su totalidad, eliminándose el enfoscado del interior, reformándose las capillas y situándose en el altar mayor un retablo del escultor F. Palma Burgo. Hace algo más de diez años fue restaurada de nuevo.

lunes, 10 de noviembre de 2014

El Marqués de la Ensenada y Jamilena

Zenón de Somodevilla y Bengoechea (1707-1781), Marqués de la Ensenada, fue un importante estadista y político ilustrado español del siglo XVIII. Fue también comendador de la encomienda calatrava de la Peña de Martos, con lo cual ostentaba labores administrativas en nuestra comarca, siendo el beneficiario de varias rentas procedentes de Jamilena como, por ejemplo, los arrendamientos de la antigua huerta del Pilar o del horno de pan, situado en la c/ Horno, ambas propiedades de la Orden de Calatrava.

En su labor de reformas mientras ostentó el poder durante el reinado de Fernando VI, realizó el primer intento de catastro en España (conocido como el Catastro de Ensenada), el cual fue una minuciosa averiguación a gran escala de sus habitantes, propiedades territoriales, edificios, ganados, oficios, rentas, incluyendo los censos; incluso de las características geográficas de cada población. Con todo, finalmente dicho catastro no logró a ejecutarse, quedando como testimonio la documentación administrativa que generó.

En el caso de Jamilena dicho catastro se elaboró en 1751, siendo hoy por hoy un documento esencial para acercarse a conocer cómo era Jamilena a mediados del s. XVIII: sus vecinos, sus tierras, sus cabezas de ganado, sus cultivos, sus molinos...


Actualmente las nuevas tecnologías nos permiten poder ver la documentación del Catastro de Ensenada relativa a Jamilena, la cual está dividida en función de las propiedades que tenía la Iglesia y el resto de la población que aparece con el calificativo de “legos”. 


Podeis ver el catastro de Jamilena haciendo click AQUÍ.

Isabel de Moya: una vecina de Jamilena ante el Tribunal de la Santa Inquisición

La Inquisición era un antiguo tribunal eclesiástico creado en la Edad Media y conocido también como Santo Oficio, el cual perseguía y castigaba los delitos contra la fe cristiana. La herejía era el objeto propio de la competencia de la Inquisición; pero, por extensión, este tribunal abarcó igualmente los crímenes de apostasía, hechicería y magia. Además, sus fallos eran inapelables y todas las autoridades debían prestarle apoyo en toda ocasión, so pena de cometer ellas mismas un crimen tan grave como el de la herejía. Tres rasgos caracterizaban su procedimiento: el secreto riguroso de la formación judicial; la aplicación, al culpable arrepentido, de penitencias llamadas saludables; y la persistencia de la jurisdicción inquisitorial hasta más allá de la tumba.

Entre los delitos que se castigaban hay uno que nos interesa, debido a su relación con una vecina de Jamilena, la hechicería femenina. Pero qué era en verdad la hechicería, en qué se fundamenta y distingue de otras prácticas consideradas delitos por el Santo Oficio. En este sentido podemos decir que la hechicera se denomina así misma como persona que fabrica hechizos con un determinado objetivo, generalmente para atraer amantes, conciliar voluntades, satisfacer apetitos desordenados y pasiones desenfrenadas. Sin embargo, la bruja es definida por otras personas del lugar, que por enemistades y odios, a veces por aislamiento, vejez y fealdad, son acusadas de ejercer maleficios. Las hechiceras suelen ser delincuentes, embaucadoras, que engañan generalmente para vivir y son, no siempre, responsables de delitos de menor cuantía. Por el contrario, la bruja suele ser inocente; muchas veces es víctima de la sociedad rural, casi siempre montañosa, atrasada, aislada, que busca una persona como culpable de los daños naturales que padece la comunidad o algunos particulares y hacia la que se descarga toda la ira contenida por los contratiempos recibidos.

Ahora veremos el caso de una vecina de Jamilena acusada de hechicera por la Santa Inquisición. Dicha vecina era Isabel de Moya, de Jamilena, que parece ser que bastantes años antes había sido también denunciada por lo mismo, pero entonces no fue procesada; en 1623 el Santo Oficio suspendió su causa. De este modo, Isabel fue acusada de hacer conjuros con habas en los que era preciso previamente ir a misa a la hora de elevar la Hostia Consagrada y decir “no creo en vos, creo en las habillas” y después manipulando las habas se podrían conocer los sentimientos amorosos de hombres y mujeres. También se le acusaba de decir especiales opiniones sobre la consagración en la misa a la hora de alzar la Hostia. Con los conjuros se decía que podía atraer hombres a su voluntad y hacer daño a otras personas. Por último se destaca por los denunciantes la vida escandalosa que llevaba, pues siendo viuda vivía amancebada. Los calificadores del Santo Oficio en principio consideraron la blasfemia heretical que se pronunciaba en la misa para darle efecto a las habas; después los inquisidores se preocuparon de si hacía pacto o invocaciones a los demonios.

Una vez iniciado el proceso Isabel de Moya expuso cómo aprendió años atrás de una vecina de Jaén llamada Ana de Ortega a “hechar las habas”. Explicó que con una docena de habas, unas con coronillas, que representaban hombres, y otras descortezadas, que figuraban mujeres, se echaban y si se acercaban las que conservaban coronilla a las descortezadas era prueba de que existía amor. Respecto a las apreciaciones sobre la elevación de la Hostia en la misa se defendió diciendo que lo que había manifestado era simplemente que el licenciado Uclés lo hacía lentamente, lo que a ella le gustaba, mientras que el prior lo hacía deprisa. Negó la invocación de demonios y esto permitiría que después de la consulta de fe se dispusiera que quedara en libertad Isabel de Moya y la causa suspendida, según se informaba en el expediente, “por ahora”.

miércoles, 5 de noviembre de 2014

Un suceso criminal en Jamilena al finales del siglo del Quijote

El siglo XVII supone para la España de los Austrias el inicio de la decadencia de su poderoso Imperio. Sin embargo, esa decadencia económica y política en su mayor parte, no se aprecia en el campo de las artes y de la cultura, al contrario. Este siglo, llamado el ‘Siglo de Oro’, supuso para la literatura, la pintura y demás artes, uno de los más brillantes periodos de creatividad y esplendor en España.

En el ámbito de las letras, en los primeros años de este siglo verá la luz la obra cimera de la literatura en lengua castellana, El ingenioso hidalgo don Quixote de la Mancha, de la cual este año 2005 celebramos el IVº Centenario de su primera publicación. Esta novela, escrita por Miguel de Cervantes Saavedra, representa todo un prodigio de creación expresiva. En ella se narran de una forma paródica las locuras de Alonso Quijano, un vetusto hidalgo manchego que, habiendo perdido la razón por leer libros de caballería, decide imitar a los héroes de dichos libros. Esta novela se publicó en dos partes, concretamente, la primera parte en 1605 y la segunda en 1615.

Esa situación de crisis, de la que hablábamos al principio, también se reflejará en el Lugar de Jamilena (así llamado desde la época medieval a la contemporánea), donde la etapa moderna estará marcada por una cansina rutina caracterizada por una difícil existencia rural acentuada por la subsistencia, y en la que el paso del tiempo y la percepción de los cambios acaecidos en el lugar apenas si se llegaban a notar (CRUZ ARTACHO, 1998). Sin embargo, hay que tener en cuenta que el siglo XVII es todavía uno de los siglos sobre los que menos datos históricos se tienen hasta ahora en relación a Jamilena. Por otro lado, este siglo es rico respecto a sucesos curiosos. De hecho sabemos que en mayo de 1677 fue cuando Juan Cárdenas, un humilde vecino de Jamilena, compró a un forastero el milagroso cuadro de Ntro. Padre Jesús Nazareno (CIBERA Y PÉREZ, 1871); de igual modo fue también el siglo en el cual sucedió el oscuro episodio de Isabel de Moya, vecina de Jamilena acusada de hechicería por el Tribunal de la Inquisición.

Pero esa falta de datos sobre nuestra historia puede ser rellenada a partir del interés que los propios vecinos y jóvenes de Jamilena muestren hacia su historia, ya que este antiguo pueblo tiene todavía una amplia historia por buscar, contar y mostrar. La historia criminal de Jamilena es uno de esos aspectos que a pesar de su desconocimiento e interés por no faltarle, no le faltan casos criminales, truculentos y episodios dramáticos, que en su mayoría esperan ser extraídos de los archivos.

Como reza el título de este artículo, hablaremos sobre uno de los muchos sucesos criminales que se han dado a lo largo de la historia de Jamilena, y que en el caso que nos ocupa se dio a finales del siglo en que se publicó el Quijote. Dicho hecho criminal y curioso, a la vez, acaeció en el lugar Jamilena allá por el mes de marzo de 1687.

Durante el mes de marzo de ese año los casi cuatrocientos vecinos de Jamilena se encontraban en un tiempo en el que se celebraba la pasión y muerte de Cristo, que, sin lugar a dudas, sería para la gran mayoría de ellos un tiempo de recogimiento y oración en su vida cristiana. Sin embargo, la noche del día 22 de marzo se dio un fatal encuentro para uno de sus vecinos, que posteriormente dio lugar a un desagradable incidente. Así, siendo las diez de la noche de ese día 22, el alcalde de Jamilena, don Cristóbal de Anguita, se encontraba, como de costumbre, rondando las calles de la pequeña aldea que entonces era Jamilena. A su llegada a las cuatro esquinas de repente se encontró con Francisco Damas, un pastor vecino de Torredonjimeno. La sorpresa del alcalde al ver la figura del pastor parada y a deshora, aumentó cuando observó que el susodicho pastor llevaba una espada desnuda y un cuchillo, ambas armas consideradas prohibidas. Ante la tensa situación el alcalde logró finalmente arrebatarle las armas e intentó llevárselo preso, pese a la resistencia que el pastor tosiriano mostraba y a las continuas amenazas que lanzaba. Sin embargo, la empeñada resistencia que mostró Francisco Damas hizo que éste huyera y se librase de ser encarcelado. 

A pesar de todo esto, lo peor estaba todavía por suceder. El 24 de marzo, dos días después de lo sucedido en las cuatro esquinas, Cristóbal de Anguita, se encontraba trabajando en una viña que poseía en el lugar conocido como la Veguilla. A las once de la mañana, mientras realizaba sus faenas agrícolas, casualidades de la vida, vio llegar a Francisco Damas guardando una camada de ovejas. Al percatarse el pastor de la presencia del alcalde de Jamilena se dirigió hacía él. Aprovechando la oportunidad el alcalde, a su vez, intentó apresarlo nuevamente, pero en el instante en que iba a hacerlo Francisco comenzó a propinarle diferentes golpes en un brazo con un palo o callao que llevaba.

Sucedido esto el alcalde presentó una denuncia contra el pastor en Martos. De este modo, la causa hizo que se despacharan diferentes juicios ante la justicia de S.M. y el Consejo de Órdenes, en los cuales y tras haber hecho diferentes consultas y escuchado a ambas partes se declaró culpable a Francisco Damas, decidiendo que fuese apresado en la cárcel de Los Villares. En dicha cárcel pasó muchos días, hasta que venció la competencia de dicha cárcel, tras lo cual fue trasladado el reo a la cárcel real de Torredonjimeno acompañado de unos guardas y una necesaria custodia. Durante su dilatado encarcelamiento en Torredonjimeno sufrió varias penalidades, a las que se unía lo costoso de salir de allí.

Pero todo ello no quedó ahí. El 27 de diciembre de 1687 don Cristóbal de Anguita, alcalde de Jamilena, comparecía ante el escribano de Torredonjimeno, don Fernando de León y Toledo, exponiendo todo lo que anteriormente hemos relatado. Sin embargo, la razón por la cual comparecía el alcalde de Jamilena se debía a que, en un acto de compasión cristiana y en vista de la mala situación del preso, perdonaba a este último. Por tanto, quitaba la causa criminal por heridas, malos tratos y ofensas por la que había denunciado a Francisco Damas. Así, sin ser amenazado por nadie, solicitaba que el reo fuese soltado (A.H.P.J. Leg. 10306, a. 1687, fol. 775).

Finalmente, el 30 de diciembre de ese mismo año don Francisco Damas, pastor de Torredonjimeno y preso en la cárcel de dicha villa, otorgaba un poder a favor de don Andrés Ortega, procurador de Torredonjimeno, con el fin de que éste último lo defendiese en los pleitos que tuviese, una vez perdonado por su víctima (A.H.P.J. Leg. 10306, a. 1687, fol. 776). Puesto que a partir de aquí no ha aparecido más documentación al respecto, es de suponer que el buen acto el alcalde de Jamilena supuso para Francisco Damas la vuelta a la libertad.


(Publicado en: “Programa Oficial de Fiestas de Ntro. Padre Jesús 2005”. Excmo. Ayuntamiento de Jamilena. Jamilena, septiembre 2005; pp. 35-38)